Daños derivados del temporal, ¿cómo reclamarlos?

El reciente temporal ha traído consigo intensas tormentas, inundaciones y riadas, las cuales han causado numerosos daños en vehículos y viviendas. Ante esta situación, ¿quién responde de estos daños?

Lo primero que debemos tener en cuenta es que el bien dañado debe estar asegurado y la póliza debe encontrarse al corriente de pago. Siendo esto así, deberás dirigirte o bien a tu compañía de seguros o bien al Consorcio de Compensación de Seguros.

¿A quién reclamarle los daños?

1.- Riesgos extraordinario: Consorcio de Compensación de Seguros.

Se consideran riesgos extraordinarios, entre otros, los provocados por inundaciones y, a efectos de cobertura, se entiende por tal el anegamiento del terreno producido por lluvias o deshielo; por aguas procedentes de lagos con salida natural, de rías o ríos, o de cursos naturales de agua en superficie cuando se desborden de sus cauces normales.

Las aseguradoras no se responsabilizan de los daños ocasionados por fenómenos naturales extraordinarios, pero sí lo hace el Consorcio de Compensación de Seguros. En estos supuestos, el Consorcio será el responsable de indemnizar los daños en vehículos y viviendas, siempre que estén asegurados. En el caso especial de los automóviles, será suficiente con que estén asegurados a terceros.

2.- Riesgos no extraordinarios: tu compañía de seguros.

En los demás casos, deberás revisar los riesgos asegurados en tu póliza de seguros y dirigirte directamente a tu aseguradora.

En relación a los automóviles, sería conveniente revisar si tu póliza cubre daños tales como el impacto de objetos o la rotura de lunas. En cuanto a las viviendas, algunos riesgos y fenómenos de la naturaleza como la lluvia, sí están cubiertos por el seguro de hogar, siempre que superen una mínima intensidad.

Consejos básicos a seguir

Si has sufrido daños como consecuencia del temporal, te aconsejamos seguir estos consejos:

1.- Documentar correctamente el siniestro. Es muy conveniente realizar fotografías de todo y, en la medida de lo posible, guardar los restos de los bienes dañados. Si tienes que hacer alguna reparación de urgente, guarda las facturas para poder reclamarlas más tarde.

2.- Comunicar el siniestro en un plazo máximo de 7 días (art. 16 de la Ley del Contrato del Seguro).

3.- Recopilar todas las pruebas posibles a efectos acreditar el origen y las consecuencias del daño. Te aconsejamos guardar recortes de noticias, fotos, comunicaciones de la policía o de los bomberos, reservas que hayas tenido que cancelar o cualquier otro medio de prueba que pueda servirte en el futuro.

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Si quieres conseguir que tus daños sean indemnizados, envía un WhatsApp o llámanos al teléfono +34610632963 o  escríbenos al correo electrónico contact@nietojones.com.

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